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Avanza Comisión de Periodistas en Congreso

Publicado en julio 9, 2012, por en Noticias.

Con el voto unánime de los diputados locales, este jueves se aprobó en su primera etapa,adicionar la fracción V del artículo 67 de la Constitución Política del Estado, a fin de crear la Comisión Estatal para la Atención y Protección de los Periodistas.

A partir de este momento el texto deberá ser avalado por la mayoría de los cabildos municipales y posteriormente regresar al Congreso del Estado para su posible ratificación.

El texto señala que “la función de atender y proteger la integridad de los periodistas, así como de promover las condiciones para el libre ejercicio de la profesión del periodismo, con pleno respeto al derecho a la información y a la libertad de expresión, estará a cargo de la Comisión Estatal para la Atención y Protección de los Periodistas, de conformidad con las bases siguientes:

“a) La Comisión estará facultada para: 1. Resolver sobre la atención y el otorgamiento de medidas de protección a los periodistas que lo soliciten, así como disponer los recursos y apoyos de orden material, económico o funcional que se requieran para la ejecución de sus determinaciones, así como dictar los criterios y lineamientos de orden sustantivo para su efectivo cumplimiento”.

“2. Presentar denuncias y quejas ante las instituciones de procuración y administración de justicia, o de defensa de los derechos humanos, cuando la esfera jurídica de los periodistas esté sujeta a amenazas, agresiones o riesgo inminente, como consecuencia del ejercicio de su profesión, y tramitar ante las autoridades competentes la adopción de medidas inmediatas de atención y protección”.

“b) La Comisión se integrará por: cuatro periodistas; dos propietarios o directivos de medios de comunicación; dos representantes de organizaciones no gubernamentales y un académico dedicado a tareas de enseñanza, difusión o investigación, quienes tendrán el carácter de comisionados; y un secretario ejecutivo, que participará en las sesiones de la misma con voz pero sin voto, al igual que los titulares de las dependencias responsables de la comunicación social y de la procuración de justicia en la administración pública estatal”.

“c) Los comisionados y el secretario ejecutivo serán nombrados por el Congreso del Estado, con el voto de las dos terceras partes de los diputados presentes, a propuesta del Gobernador del Estado, y durarán en su encargo cuatro años con posibilidad de reelección por una sola vez. La Ley señalará el procedimiento para la designación del Presidente de la Comisión, así como las atribuciones de éste, de los demás comisionados y del secretario ejecutivo”.

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